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jueves, 26 de julio de 2012

A modo de conclusión


“Queremos pensar en una evaluación que (…) conserva la conciencia de la  precariedad de los juicios evaluativos,
en la que el evaluador asume el modesto papel que está implicado en el acto de medir aspectos de la conducta humana,
en donde una persona evalúa a otra y hay evaluaciones mutuas en el curso de la interacción.
Esta evaluación, lejos de perder su papel pedagógico,
lo asume plenamente y se estructura como componente esencial de los actos de enseñanza y de aprendizaje.
Para ello, es necesario que el docente integre a su labor de enseñanza la tarea de evaluación (…)
Hay que analizar e interpretar las informaciones.
La promoción se resuelve siempre a partir de una decisión y ella lleva implícita un juicio de valor.
El régimen de promoción que se establezca debe dar a este acto la mayor explicitación posible,
de modo de garantizar la transparencia
y la justicia de la decisión”
Camilloni, Alicia (2003)

 

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